El equipo de fiscalización fue alertado por el Municipio de San Clemente. La empresa ubicada en Queri, fue ordenada a detener sus faenas.
Este martes 27 de febrero, equipos de fiscalización de la Dirección General de Aguas (DGA) de la región del Maule, se dirigieron hasta el Río Maule para analizar el funcionamiento de la Sociedad Comercial Árido Los Maitenes Ltda. Alertados por una solicitud emitida por la Municipalidad de San Clemente.
El municipio señaló a la DGA que la empresa señalada, ubicada en el sector de Queri, comunas de San Clemente y Colbún, realizaba extracciones de áridos no autorizados desde el Río Maule. Lo cual no estaba autorizado por el organismo público.
Al llegar al lugar, los fiscalizadores comprobaron la veracidad de la denuncia. En general, fueron observadas cuatro posibles faltas al Código de Aguas. Dos de ellas, confirmadas inmediatamente con el trabajo terreno con el trabajo de fiscalización.
Infracción al Código de Aguas
“La empresa no contaba con la autorización para extraer áridos y no tenía derechos de aprovechamiento para extraer aguas, por lo que se determinó notificar a la empresa que debe paralizar la extracción de áridos y aguas en el lugar”, aclaró Carolina Ríos, directora regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
De este modo, la DGA Maule ordenó a la empresa frenar las extracciones de aguas y áridos en el Río Maule. Así mismo, exigió la inmediata paralización de labores de la Sociedad Comercial Áridos Los Maitenes Ltda. Esto, en función de los artículos 299 ter y 129 bis 2 del Código de Aguas.
Investigación en curso
Cabe señalar que, las otras dos eventuales infracciones a la normativa, serán analizadas en una investigación a cargo del organismo público. Mientras esto siga en curso, la empresa no podrá retomar la operación de sus faenas.
En tanto, la investigación permitirá determinar la totalidad de infracciones cometidas por la planta de extracción y procesamiento de áridos. Así como las medidas correctivas que la empresa fiscalizada deberá aplicar y la sanción monetaria correspondiente.
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El Código de Aguas faculta a la Dirección General de Aguas, cumple una labor de policía y vigilancia de los cauces naturales de uso público y acuíferos. Asimismo, posee las competencias para ordenar la paralización de obras en operaciones que no cuenten con los permisos vigentes.
En términos generales, las labores de extracción de áridos en cauces naturales de uso público generan una serie de impactos medioambientales o en la infraestructura pública. Por ello, deben estar previamente autorizadas por la Dirección de Obras Hidráulicas y el municipio respectivo.