La norma busca mejorar la calidad de conexión, evitar publicidad engañosa y asegurar un acceso estable a la banda ancha.
La implementación de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada marca un avance en los derechos digitales y la calidad del servicio de internet en Chile. Desde su entrada en vigencia, las empresas de telecomunicaciones deberán ofrecer un porcentaje mínimo de la velocidad contratada, tanto en conexiones fijas como móviles.
Según la normativa, un plan podrá ser considerado banda ancha solo si garantiza al menos 5 Mbps en redes móviles y 25 Mbps en conexiones fijas. Este estándar se actualizará cada año según el promedio nacional, lo que asegurará una evolución constante en la calidad del servicio.
Las compañías que no cumplan con estos requisitos no podrán promocionar sus planes bajo el término “banda ancha”, lo que evita confusión entre los consumidores. Además, la normativa prohíbe la publicidad que mencione velocidades “hasta” ciertos niveles sin garantizar un mínimo real.
Para los usuarios, esta ley representa una mayor transparencia en los contratos, mejores herramientas de medición de velocidad y un acceso más equitativo a servicios de calidad. A su vez, fomenta la competencia entre proveedores, incentivando la inversión en infraestructura para mejorar la conectividad a nivel nacional.