Martes, Octubre 8, 2024
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¡Última llamada! Este miércoles se cumple el plazo final para excusarse como vocal de mesa en elecciones 2024

El plazo para excusarse como vocal de mesa en las elecciones municipales de octubre vence este 9 de octubre. Las multas por no asistir van desde $132.000 a $531.000.

El miércoles 9 de octubre se cumple el plazo para que las personas designadas como vocales de mesa en las elecciones municipales 2024 puedan excusarse de cumplir con esta labor. Quienes deseen evitar esta responsabilidad deberán presentar su excusa entre el 7 y el 9 de octubre ante la Junta Electoral correspondiente, siempre que cumplan con las causales establecidas por ley.

Según el Servicio Electoral (Servel), cualquier persona que desee presentar una excusa debe hacerlo de manera formal ante el Delegado del local el día del plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si es citada posteriormente.

De acuerdo con la Ley 21.693, los vocales de mesa designados deberán ejercer su función ambos días, el 26 y 27 de octubre, sin excepciones. Las multas para aquellos que no cumplan con esta obligación oscilan entre 2 a 8 UTM, lo que representa un monto aproximado de $132.000 a $531.000.

El 12 de octubre se publicarán las listas de los vocales reemplazantes, quienes no podrán excusarse de sus funciones. Estas disposiciones son parte de las normas transitorias de la ley recientemente promulgada, la cual establece la obligatoriedad de participar ambos días.

Es fundamental que los designados tomen en cuenta este plazo final para evitar sanciones que podrían afectar su economía personal.

Foto: Agencia Uno.

¿Cuáles son las causales para excusarse?

  • Ser designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones
  • Personas embarazadas.
  • Padre o madre de un hijo menor de dos años.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.
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