Domingo, Noviembre 24, 2024
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Privilegio supremo: hija de ministro Sergio Muñoz realizó teletrabajo como jueza desde Italia

Por Nicolás Espinoza Riquelme, Néstor Aburto y Josefina Ossandón. Información de Biobiochile.cl

Graciel Muñoz Tapia, magistrada del 12º Juzgado de Garantía de Santiago, viajó en más de una oportunidad, durante la pandemia, a Europa. En medio de dichos viajes, dirigió y resolvió audiencias de forma telemática. Si bien el teletrabajo para funcionarios judiciales fue normado a través de auto acordados, la situación de la jueza podría vulnerar el artículo 311 del Código Orgánico de Tribunales, el que señala que los jueces están obligados a residir en la “ciudad o población donde tenga asiento el tribunal”. Esta situación de la jueza se suma a la ya protagonizada con la inmobiliaria Fundamenta en que habría usado el nombre de su padre para que le devuelvan dinero.

Imagen: Agencia Uno.

Desde Italia, a más de 11 mil kilómetros de Santiago, la magistrada del 12º Juzgado de Garantía de Santiago, Graciel Alejandra Muñoz Tapia, se ha conectado a algunas de sus audiencias judiciales. Lo habría hecho, según registros que pudo conocer la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, desde iniciada la pandemia. Y es que a raíz del Covid-19 se permitió que los funcionarios del Poder Judicial, como los jueces, ejercieran sus funciones de forma telemática para resguardar su salud.

La situación de la magistrada Muñoz, según fuentes consultadas, sería un hecho conocido al interior de la Corte de Apelaciones de San Miguel, tribunal de alzada del que depende el Duodécimo Juzgado de Garantía. Antecedentes que ha ido recopilando la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío dan cuenta que la jueza Muñoz en reiteradas oportunidades habría salido y entrado al país con destino a Europa.

Paralelamente, Graciel, quien es hija del ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz Gajardo, seguía desarrollando funciones. Dirigía y resolvía audiencias, según se puede ver en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial. Este medio revisó causas tramitadas en dicho tribunal, que se extienden desde el 2019 a la fecha. En ellas, aparece conectada de forma telemática.

Y es que en los documentos donde, por ejemplo, se fijaban audiencias, estos señalaban que “se hace presente que mientras se mantenga la emergencia sanitaria, este Tribunal realizará sus audiencias bajo la modalidad de videoconferencia, a través de la aplicación ZOOM”.

CUIDARSE EN CASA Y NO VIVIR EN OTRO PAÍS

La pandemia puso a prueba la operación de los tribunales del país. Bajo este contexto, el 13 de marzo del 2020, el Pleno de la Corte Suprema, pensando en resguardar la salud de funcionarios para que se queden en su casa y no se contagien, dictó el primer auto acordado regulando el “teletrabajo y el uso de videoconferencia en el Poder Judicial”. En dicho texto se dispuso que “podrán cumplir sus funciones mediante teletrabajo, previa autorización del Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva”.

Para acceder a lo anterior, el mismo documento dispuso que “la solicitud deberá ser acompañada por una declaración del juez presidente del tribunal en que se señale que la autorización específica no alterará el normal y continuo funcionamiento del tribunal, como tampoco afectará el agendamiento y celebración de audiencias”.

Tres días después, el 16 de marzo de 2020, se evacuó desde el máximo tribunal un instructivo derivado del citado auto acordado, una especie de bajada, en el que se dispuso que todo el personal del Poder Judicial “dará estricto cumplimiento a las medidas que decrete la autoridad sanitaria, sin perjuicio de tener en consideración, en todo momento y bajo toda circunstancia, que se debe procurar la continuidad del servicio judicial”.

El mismo documento hizo mención que “los magistrados de tribunales unipersonales y los comité de jueces, en los colegiados, en coordinación con el secretario y/o el administrador, deberán desde ya elaborar la planificación de las actividades del tribunal por la modalidad de teletrabajo, con los turnos presenciales mínimos que permitan llevar a efecto las actividades urgentes que dicha planificación contenga y que no puedan realizarse mediante teletrabajo”.

EL PROTOCOLO

Pues bien, a medida que la pandemia fue avanzando, las instrucciones desde el Poder Judicial se fueron adecuando al momento sanitario. Incluso se creyó que se retornaría a la presencialidad tras la vacunación anticipada de los jueces, hecho que finalmente no ocurrió.

Actualmente, los magistrados -y otros miembros del escalafón- se rigen por el “Protocolo de manejo y prevención ante Covid-19 en tribunales y unidades judiciales”, de octubre de 2022, el cual comenzó a dar pie al “plan de retorno paulatino a labores presenciales”.

Para dicho retorno paulatino, se definieron dos etapas. La primera de ellas “mientras se mantenga o se restablezca el estado de excepción constitucional deberá entenderse el teletrabajo como la forma regular y ordinaria en que deben prestar el servicio judicial en el presente periodo de contingencia sanitaria”. De esta forma, agrega el documento, “los tribunales podrán programar y llevar a cabo audiencias en la modalidad semipresencial, asegurando el respeto a los aforos”.

La etapa dos, en tanto, estaba dirigida “una vez terminado el estado de excepción constitucional y mientras se mantenga o restablezca el estado de alerta sanitaria, deberá continuar con la modalidad de teletrabajo extraordinario, sin perjuicio de avanzar paulatinamente en la vuelta al trabajo presencial”. En dicha fase, se dispuso que “el personal en modalidad presencial no podrá superar el 50% de su dotación total”.

Dicho protocolo, además, fijó fechas. “A partir del 1 de noviembre de 2022 se iniciará en el Poder Judicial la Fase de Apertura”, consignó. Y agregó: “En lo que dice relación con los criterios de presencialidad y turnos en tribunales y unidades judiciales, la dotación presencial diaria deberá ser equivalente a un mínimo del 50% por estamento, sin tope máximo, excluyendo a las personas en grupo de riesgo”.

La Corte de Apelaciones de San Miguel, del que depende el 12º Juzgado de Garantía de Santiago donde está asignada la hija del juez Muñoz, nunca dictó auto acordados respecto a la presencialidad y el teletrabajo, según respondieron a un correo enviado por la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío. Dicho tribunal de alzada, durante la pandemia, se ciñó a las directrices que evacuaron desde el máximo tribunal.

LOS VIAJES POR EUROPA DE GRACIEL MUÑOZ

Según fuentes de la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, la magistrada Muñoz Tapia, desde el inicio de la pandemia por coronavirus, en reiteradas ocasiones ha hecho abandono del país con destino al extranjero, principalmente Europa. De hecho, en los registros saldría que España fue uno de los países por los cuales ingresó al viejo continente.

Paralelamente, ha seguido conectándose a sus audiencias de forma telemática, tal como su tribunal lo ha venido realizando con motivo de la alerta sanitaria. El tema es que en ninguna de esas conexiones se advierte a los intervinientes que está fuera de jurisdicciones y mucho menos fuera del país.

Dentro de lo que se ha establecido, ejemplo es que a mediados de abril del 2021, Graciel habría salido del país con destino a la península ibérica. Las mismas fuentes comentan que su viaje se habría extendido por más de siete meses, regresando en diciembre de dicho año a territorio nacional. Al mismo tiempo, durante ese periodo, al analizar algunas causas públicas a través de la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, se puede ver que la magistrada trabajaba dirigiendo y resolviendo audiencias y proveyendo escritos.

Algunos ejemplos. En una causa por el delito de conducción en estado de ebriedad, el 13 de septiembre de 2021 se llevó a cabo una audiencia de procedimiento simplificado contra el imputado. El acta del encuentro, que se extendió por tres minutos a raíz de que se reprogramó la audiencia, señala que la magistrada Muñoz Tapia se conectó de forma virtual, tal como estaba funcionando su tribunal. “Audiencia se desarrolla mediante videoconferencia en atención a la contingencia referente a la pandemia de COVID-19”, señala el documento.

En la misma causa, el 8 de noviembre de 2021, se volvieron a ver las partes. Al no lograrse la notificación legal al imputado, la audiencia de procedimiento simplificado nuevamente se reprogramó. “Audiencia se desarrolla mediante videoconferencia en atención a la contingencia referente a la pandemia de COVID-19”, consigna el acta. La magistrada que dirigió y resolvió dicha audiencia fue Gricel Muñoz Tapia. Pero hay más ejemplos que se cruzan con sus viajes, según pudo constatar la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.

LAS AUDIENCIAS

El 6 de octubre de 2021, la magistrada Muñoz Tapia dirigió una audiencia de medidas cautelares en la causa del “profesor del torniquete”, Roberto Campos Weiss, seguida ante el 12º Juzgado de Garantía de Santiago. El encuentro se extendió por siete minutos y se desarrolló de forma telemática. “Audiencia se desarrolla mediante videoconferencia en atención a la contingencia referente a la pandemia de COVID-19”, señala el acta.

Antes de eso, el 13 de mayo de 2021, la jueza Muñoz Tapia, ante la solicitud de cautela de garantías de la defensa de dos imputados formalizados en una causa por Ley 20.000, también analizada por este medio, resolvió fijar una audiencia para discutir el requerimiento del defensor. En documento que proveyó hizo presente que “mientras se mantenga la emergencia sanitaria, este Tribunal realizará sus audiencias bajo la modalidad de videoconferencia, a través de la aplicación ZOOM”.

Dicha audiencia se realizó el 20 de mayo de 2021, y la dirigió y resolvió la magistrada Carolina Gajardo Benítez. Tal como venía ocurriendo al interior del 12º Juzgado de Garantía de Santiago, la “audiencia se lleva a efecto por videoconferencia, debido a la contingencia sanitaria que afecta al país, producto de la pandemia de COVID-19”. Esa jornada, según cifras del Minsal, el país reportó 7.680 nuevos casos de coronavirus.

En la mencionada causa de drogas, el 3 de noviembre de 2021 se realizó una audiencia de revisión de la prisión preventiva que pesaba sobre un puñado de imputados en dicha causa. Quien la dirigió y resolvió fue la magistrada Graciel Muñoz Tapia. 18 minutos duró dicha audiencia, la que se desarrolló “mediante videoconferencia en atención a la contingencia referente a la pandemia de COVID-19”. Finalmente, el tribunal resolvió mantener a los seis imputados en prisión preventiva.

Las mismas fuentes consultadas para este artículo señalan que a fines de marzo del 2022, la magistrada en cuestión volvió a salir del país con destino a Italia. Habría permanecido fuera del país aproximadamente dos meses. Durante ese periodo, al hacer el mismo ejercicio de mirar causas públicas a través de la Oficina Judicial Virtual, se puede ver a la jueza Muñoz Tapia dirigiendo y revolviendo audiencias de forma telemática.

Una de ellas ocurrió el 6 de abril de 2022. Aquel miércoles se desarrolló la audiencia de preparación de juicio oral en la causa del “profesor del torniquete”. La instancia, como era de esperar a raíz de la alerta sanitaria, se llevó a cabo de forma telemática en el 12º Juzgado de Garantía de Santiago, según consigna la misma acta, y la dirigió y resolvió la magistrada Graciel Muñoz Tapia. 50 minutos duró. El resultado, a solicitud de los intervinientes, una reprogramación de la audiencia.

GRACIEL MUÑOZ Y EL CASO FUNDAMENTA

Uno de los presuntos viajes de la magistrada Muñoz Tapia quedó plasmado en un proceso judicial que protagonizó junto a inmobiliaria Fundamenta, empresa a cargo del proyecto Egaña Comunidad Sustentable emplazado en la comuna de Ñuñoa. Y es que en el recurso de inhabilidad que presentó la empresa, patrocinado por el abogado Marco Fuentes Rojas, la ejecutiva que tenía relación con la hija del ministro Muñoz hizo mención a un viaje a Italia.

En una declaración jurada de Valentina Riquelme Arratia, jefa de proyecto de Fundamenta, dijo que “el día 15 de noviembre me volvió a llamar por teléfono, esta vez para hablar del proyecto Eco Egaña y me comentó que tenía la intención de solicitar la baja de los dos departamentos considerando lo que estaba pasando con el proyecto”.

A renglón seguido dijo que en ese entonces “me encontraba con Covid, de manera que le dije que apenas volviera a trabajar la llamaría por teléfono para conversar sobre ese tema”. Cuando la ejecutiva volvió a sus labores habituales, señala el documento, dijo que la llamó pero “no pude ubicarla porque se encontraba en Italia”.

Según el artículo 311 del Código Orgánico de Tribunales (COT), los jueces “están obligados a residir constantemente en la ciudad o población donde tenga asiento el tribunal en que deban prestar sus servicios”. El mismo citado artículo señala que “sin embargo, las Cortes de Apelaciones podrán, en casos calificados, autorizar transitoriamente a los jueces de su territorio jurisdiccional para que residan en un lugar distinto al de asiento del tribunal”.

Pues bien, bajo este contexto, la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío consultó a la Corte de Apelaciones de San Miguel sobre la situación de la magistrada Muñoz Tapia. No obstante, el pasado siete de junio del presente año el Pleno del tribunal de alzada sanmiguelino desechó dar a conocer dicha información a este medio.

Se tomó conocimiento y se acordó no acceder en la forma solicitada, sin perjuicio de derivar los antecedentes a la Comisión de Transparencia del Poder Judicial para los efectos que correspondan”, señala la resolución.

SIN RESPUESTAS

Hasta el cierre de este artículo, desde el Poder Judicial, y mencionada comisión, no habían dado respuesta a la solicitud de este medio para conocer sobre la situación de la magistrada Muñoz Tapia.

Cabe señalar que para esta investigación, abogados penalistas y constitucionales, declinaron entregar algún tipo de comentario sobre el escenario al tratarse de la hija de un ministro de la Corte Suprema. La mayoría, reconocen, tienen que luego ligar en la Tercera Sala del máximo tribunal.

Sin embargo, todos reconocen que existe un privilegio claro, pero advierten que no son pocos los jueces que han tenido conductas similares a Muñoz, al no quedarse en la casa propiamente tal sino -a sabiendas de su privilegio- partir fuera de su jurisdicción. Esto se da con fuerza en juzgados laborales y civiles. En tanto, todos reconocen que viajar a Italia para teletrabajar no debería haber estado en el ánimo de las modificaciones legales apoyadas por el gobierno y parlamento de la época.

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