En el texto se señala que existirá la posibilidad de denuncia en caso de incumplimiento, la cual se podrá realizar ante la Dirección de Obras Municipales.
Se aprobó el proyecto que busca obligar a toda entidad que ofrezca servicios higiénicos a incorporar estos mudadores de bebés.
La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones se encargará de definir las características y estándares que los recintos deben cumplir. Además, se determinarán las excepciones a esta norma.
En caso de acatar la medida, se establece una multa de 10 UTM (aproximadamente $630.000). No obstante, se concederá al infractor un plazo de 15 días para corregir su incumplimiento e instalar los mudadores correspondientes. De esta manera, tendrá la oportunidad de evitar la multa.