Este jueves, el pleno del órgano redactor votó las propuestas de la Comisión de Sistemas de Conocimientos, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio establecidas en el informe de segunda propuesta de norma.
De este informe, se aprobó el artículo 2. La norma en cuestión plantea que “el Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa”. Dicho artículo fue aprobado con 119 a favor, ocho en contra y 22 abstenciones.
Otros artículos aprobados
Artículo 1: Derecho a la comunicación social. Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información.
Artículo 3: Concentración de la propiedad de medios. El Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. En ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos.
Artículo 4: Promoción de medios de comunicación e información. El Estado fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario.