Muchas dudas han surgido tanto desde empleadores como trabajadores sobre la nueva normativa que permitirá que en 2028 la jornada laboral semanal llegue a 40 horas.
¡La Ley 40 horas entró en vigencia! La anunciada Ley 21.561, que reducirá gradualmente la jornada laboral a 40 horas semanales comenzó a regir desde este viernes 26 de abril. Sin embargo, muchas dudas han surgido tanto desde empleadores como trabajadores.
Es importante recordar que el horario laboral semanal bajará, de forma obligatoria, de 45 a 44 horas semanales a partir de este viernes. Mientras que el camino hacia las 40 horas continuará en abril de 2026, al disminuir a 42 horas. En 2028 la ley entrará plenamente en régimen al llegar a las 40 horas.
¿Cuáles son los principales mitos que rondan alrededor de la nueva normativa?
❌ MITO: “Mi empleador puede reducir mi jornada de trabajo en minutos diarios de manera unilateral”
¡Es falso! La disminución de la jornada debe realizarse mediante un acuerdo. Hay dos formas de convenir la reducción de horas semanales:
Jornada de 5 días: Una hora menos en un día determinado.
Jornada de 6 días: Un día con 50 minutos menos y otra jornada reducida en 10 minutos.
Bonus: Además, empleadores y trabajadores podrán acordar otra forma de disminución.
❌ MITO: “Se puede aplicar la rebaja de la jornada modificando la hora de colación”
¡Falso! De acuerdo con la Dirección del Trabajo, la Ley de 40 horas no modifica el horario de colación. Además, la reducción de horario podrá realizarse al inicio o al final de la jornada diaria.
❌ MITO: “Mi empleador puede reducir mi sueldo con la rebaja de la jornada laboral”
¡También es incorrecto! En ningún caso las modificaciones realizadas bajo la Ley de 40 horas puede implicar la disminución de salario.