La Justicia dictaminó que una mujer en Punta Arenas deberá reembolsar un subsidio habitacional de 725 UF, tras comprobarse que arrendó la vivienda adquirida ilegalmente. La Corte de Apelaciones respalda la decisión, considerando una violación al deber de habitar personalmente la propiedad.
Sentencia Judicial
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la revocación de un subsidio habitacional a una mujer que arrendó la propiedad adquirida con el beneficio estatal, considerando la acción como “una violación al deber” de habitarla, según el fallo unánime.
Detalles de la Compra y Arriendo
La sentencia ratificada detalla la venta de la propiedad en 2016, el pago con el subsidio de 725 UF, y la obligación de habitarla por cinco años. La mujer arrendó la vivienda a un tercero dentro de ese plazo, incumpliendo las condiciones establecidas en el contrato de compraventa.
Devolución del Subsidio
La afectada deberá devolver 725 UF -aproximadamente 26 millones 500 mil pesos- tras incumplir el plazo de habitar personalmente la vivienda adquirida en Puerto Natales en 2016. El Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) presentó la demanda que fue respaldada por el tribunal.
Fundamento Legal y Consecuencias
El fallo destaca que la mujer infringió la prohibición de ceder el uso y goce de la propiedad sin autorización, habiendo entregado la casa en arrendamiento. El Serviu está autorizado para recuperar los fondos entregados por el subsidio, según el artículo 61 del cuerpo normativo.
Implicaciones y Advertencia Legal
La resolución judicial subraya las consecuencias legales de violar las condiciones del subsidio habitacional, enviando un claro mensaje sobre la importancia de cumplir con las obligaciones establecidas en este tipo de beneficios estatales.