La Contraloría General establece una firme postura en su nueva normativa, anunciando restricciones significativas para los funcionarios a honorarios del Estado con deudas de pensiones. Esta medida, en vigor desde hace un año como parte de la ley de deudas de pensión de alimentos, busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones pensionarias por parte de los trabajadores a honorarios.
Según la reciente determinación, los funcionarios públicos contratados a honorarios que figuren como deudores no podrán renovar sus contratos. Esta decisión afectará tanto a hombres como a mujeres que desempeñan funciones a honorarios en servicios públicos. La institución correspondiente retendrá y pagará directamente el monto de las futuras pensiones, y aquellos que no cumplan con esta medida perderán su vínculo laboral con el Estado.
La ministra Antonia Orellana aclaró que, para los funcionarios de planta y contrata, ya existe la opción de retención por planilla. Además, la ley prohíbe el ascenso de grado para aquellos que incumplen con el pago de pensiones, enfocándose especialmente en la situación de los pasos a contrata de honorarios.
Esta legislación, en vigencia desde hace un año, incluye medidas progresivas para garantizar el pago de pensiones atrasadas. Entre las restricciones se encuentran la imposibilidad de renovar la licencia de conducir o pasaporte, retención de la devolución de impuestos y la autorización para utilizar fondos de pensiones con el fin de saldar los montos impagos.
Con aproximadamente 10 mil personas mensualmente registrándose como deudores, con una proporción de 9 hombres por cada 1 mujer, esta nueva normativa refleja un compromiso contundente del Estado en asegurar la estabilidad y cumplimiento de las obligaciones pensionarias de sus funcionarios.