Jueves, Noviembre 21, 2024
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Molina: SMA formula cargo grave contra la empresa Agrícola Jacques y Lorenzini

La superintendenta de Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, realizó su primera visita al Maule, donde además hoy se notificó la formulación de cargos contra la empresa que opera sin el permiso ambiental respectivo.

Este miércoles, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo grave contra la empresa Agrícola Jacques y Lorenzini Limitada.

Aquella, es titular del Proyecto “Plantel de Cerdos Tres Esquinas” y, según se constató, no cuenta con el permiso ambiental respectivo.

Ubicado en la comuna de Molina, opera como un plantel de cerdos para la crianza y engorda de éstos, en cantidades superiores a las reportadas en sus inicios.

En esa línea, una serie de denuncias han sido realizadas por el municipio de Molina ante la Superintendencia.

Ellas, vinculadas a la proliferación de vectores que afectan a un establecimiento educacional de la zona y por emisión de malos olores.

RCA

Un aumento en el número de cerdos se confirmó en enero de 2021.

De ese modo, ahora se considera un criadero industrial según las regulaciones del SEIA.

Tras constatar que la empresa modificó el proyecto sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la SMA formuló un cargo contra el titular.

Los descargos se hicieron este miércoles 13 de septiembre.

Infracción

Esta infracción fue imputada como grave.

Por ende, el titular de la empresa podrá ser objeto de la revocación de la RCA, clausura, o una multa de hasta 5.000 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $3.807 millones.

Al respecto, la Jefa de la Oficina Regional de la SMA del Maule, Mariela Valenzuela, señaló:

“Sin contar con el permiso ambiental respectivo para este caso, puede ser susceptible de causar algún tipo de impacto en el medioambiente y también olores molestos y perjudiciales para las personas”.  

Por su parte, la Superintendenta Marie Claude Plumer explicó:

“Con la formulación de cargos se inicia el procedimiento sancionatorio, con esto, la empresa dispone de 15 días hábiles para formular sus descargos o de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento”, sentenció.

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