Por vicios en procedimiento: Segundo Tribunal Ambiental acogió reclamación de empresa agrícola de Curicó contra la Superintendencia del Medio Ambiente por rechazo a su programa de cumplimiento.
El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación presentada por Agrícola Ribagorza en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y ordenó al ente fiscalizador retrotraer el procedimiento sancionatorio contra el establecimiento agrícola, ubicado en la comuna de Curicó.
Hechos cronológicos:
– La SMA recibió dos denuncias (agosto de 2018 y 2020) por ruidos molestos contra el establecimiento Agrícola Ribagorza, ubicado en Camino a Tunquén, sin número, comuna de Curicó, Región del Maule.
– 2 de octubre de 2020, se llevó una fiscalización en la que se consignó un incumplimiento a la norma de emisión de ruidos (D.S. N°38/2011 MMA), registrándose excedencias de 15dB(A) y 02 dB(A) en la medición realizada desde los Receptores N°1 y N°2, durante horario diurno (7:00 a 21:00 horas).
– 20 de mayo de 201 la SMA formuló cargos contra Agrícola Ribargiza SpA (Res. Ex. N°1 / Rol D-125-2021)
– 30 de agosto de 2021, Agrícola Ribagorza SpA presentó programa de cumplimiento.
– 9 de agosto de 2022, la SMA rechazó dicho programa (Res Ex. N°3 / Rol D-125-2021).
– 18 de agosto, la empresa presento recurso de reposición, solicitando que se dejara sin efecto la resolución recién citada y que se dictará en reemplazo una “previo a proveer” para incorporar las observaciones de la SMA al programa.
– 6 de diciembre de 2022, la SMA dicto la resolución que rechazó el recurso de reposición (Res. Ex. N°4 Rol D-125-2021).
– 29 de diciembre de 2022, Agrícola Ribargoza presentó en el Tribunal Ambiental reclamación contra la Res. Ex. N°4 de la SMA, la que fue admitida con el rol R-384-2022.
– 1 de febrero de 2023, la SMA resolvió el procedimiento sancionatorio, aplicando una multa de 5,3 UTA contra la empresa.
– 8 de junio de 2023, se realizó la audiencia, alegando el abogado Gonzalo Pérez Cruz, por Agrícola Ribagorza, y la abogada Paloma Espinoza Orellana, por la SMA.
Fallo
La sentencia del tribunal indica: “A juicio de estos sentenciadores, la SMA efectivamente incurrió en vicios durante la tramitación del PdC (Programa de cumplimiento) presentado por la reclamante, los cuales causaron perjuicios a Agrícola Ribagorza”, dice la sentencia al momento de acoger la reclamación y retrotraer el procedimiento sancionatorio (D-125-2021), “dejando sin efecto todas las resoluciones dictadas en él hasta la Resolución Exenta N° 2/Rol D-125-2021, inclusive. Hecho lo anterior, la SMA deberá emitir un nuevo pronunciamiento respecto al Programa de Cumplimiento presentado por la reclamante con fecha 30 de agosto de 2021”.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s) y Cristián López Montecinos y la ministra Verónica Sabaj Escudero, de la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago. La sentencia fue redactada por el ministro Delpiano.