Viernes, Noviembre 22, 2024
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Aprobación de la ley de alcoholes brinda buenas expectativas respecto al futuro de la producción vitivinícola

Con la nueva normativa, las multas irán desde las 50 UTM hasta las 5.000 UTM a quienes infrinjan las normas de elaboración, producción y comercialización de la ley de alcoholes.

“Esta ley prohíbe una verdadera falsificación, una trampa que es usar uva de mesa con la uva vinificada, lo cual genera mal precio para los productores y baja y mala trazabilidad de nuestros vinos y alcoholes”. Con estas palabras, el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, celebró la aprobación de la ley de alcoholes (Ley N.º 18.455) que eleva las sanciones a quienes adulteren la producción vitivinícola. 

El proyecto de ley fue despachado a ley tras ser aprobada por unanimidad en ambas Cámaras. La iniciativa establece un catálogo de sanciones que podrá aplicar el Servicio Agrícola y Ganadero por las infracciones administrativas a la ley.  

Por su parte, la Directora Nacional del SAG, Andrea Collao, indicó que “estamos muy satisfechos con esta modificación, pues de aquí en adelante tendremos un sector mucho más protegido”.

Asimismo, el diputado por el Maule, Felipe Donoso, sostuvo que “las sanciones son muy altas, incluso se puede llegar a la clausura de los lugares que se utilicen para cometer el ilícito. Quiero felicitar a los senadores de la región que presentaron el proyecto el año 2019 que hoy día es una realidad”.

Nuevas facultades del SAG 

Dentro de las sanciones que podrá establecer el SAG se contemplan multas a beneficio fiscal que van desde las 50 UTM hasta las 5.000 UTM. También, considera el comiso y/o destrucción de las especies, elementos, insumos que hubieren servido para cometer la infracción y los productos resultantes de ella. 

La normativa establece que los Directores Regionales del Servicio podrán determinar el destino de los elementos o insumos que hubieren servido para cometer la infracción y los productos resultantes de ella, cuando los elementos decomisados sirvan para un uso distinto de aquel que se les dio para cometer la infracción: esta facultad permitirá ordenar, por ejemplo, la destilación de productos decomisados

Finalmente, la nueva ley de alcoholes le da la facultad al SAG de clausurar de manera temporal o definitiva del establecimiento fiscalizado, según corresponda. Además, se estableció en el proyecto que, en caso de reincidencia, se deberá aplicar siempre la sanción de clausura, sea esta temporal o definitiva.

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