Este jueves, el pleno del órgano redactor votó las propuestas de la Comisión de Sistemas de Conocimientos, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio establecidas en el informe de segunda propuesta de norma.
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De este informe, se aprobó el artículo 2. La norma en cuestión plantea que “el Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa”. Dicho artículo fue aprobado con 119 a favor, ocho en contra y 22 abstenciones.
Otros artículos aprobados
Artículo 1: Derecho a la comunicación social. Toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social. Se reconoce el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información.
Artículo 3: Concentración de la propiedad de medios. El Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. En ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos.
Artículo 4: Promoción de medios de comunicación e información. El Estado fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario.